Artículo

Niños y el camino para obtener la ciudadanía estadounidense

Para padres que son ciudadanos de EE.UU. o residentes permanentes, obtener la ciudadanía para sus hijos es un paso importante.

Esto garantiza que gocen de los mismos derechos y oportunidades que cualquier otro estadounidense. Convertirse en ciudadano estadounidense permite acceder a beneficios como el voto, el empleo y los servicios públicos, así como el derecho a vivir y trabajar en Estados Unidos, sin miedo a la deportación. 

Existen varias formas de que los hijos obtengan la ciudadanía de EE. UU., entre ellas el nacimiento, la naturalización o el nacimiento en el extranjero de padres ciudadanos de EE. UU. USCIS proporciona una herramienta útil para determinar la elegibilidad de un niño. 

Nacimiento en Estados Unidos 

Una de las formas más sencillas de que un niño obtenga la ciudadanía estadounidense es naciendo en Estados Unidos. Esto también se conoce como ser "ciudadano por derecho de nacimiento". Si un niño nace en Estados Unidos, independientemente de la situación migratoria de sus padres, es automáticamente ciudadano estadounidense. 

Para demostrar la ciudadanía por nacimiento en Estados Unidos, el niño deberá presentar una copia de su partida de nacimiento. Si el niño nació en un hospital, allí le facilitarán el certificado de nacimiento. Si el niño nació fuera de un hospital, los padres tendrán que registrar el nacimiento ante las autoridades estatales o locales competentes. 

Naturalización 

Los niños que no han nacido en Estados Unidos, pero que tienen uno o ambos progenitores ciudadanos estadounidenses, pueden optar a la ciudadanía mediante el proceso de naturalización. Para ser elegible para la naturalización, el hijo debe cumplir los siguientes requisitos: 

  • El hijo debe tener menos de 18 años en el momento de presentar la solicitud de naturalización. 
  • El hijo debe ser residente legal permanente (titular de una tarjeta de residente permanente). 
  • El hijo debe haber vivido en Estados Unidos bajo la custodia física y legal de su progenitor ciudadano estadounidense durante al menos cinco años (o tres años si el progenitor ciudadano estadounidense obtuvo la nacionalidad por matrimonio con un ciudadano estadounidense). 
  • El hijo debe cumplir todos los demás requisitos de elegibilidad para la naturalización. 

Para solicitar la naturalización, el hijo debe presentar el formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía, ante el USCIS. Junto con el formulario, el hijo tendrá que presentar una copia de su tarjeta de residente permanente, el certificado de nacimiento o de naturalización del progenitor ciudadano estadounidense y cualquier otro documento justificativo. El costo de la presentación del formulario N-600 es actualmente de $1,170. 

Nacido en el extranjero de padres ciudadanos de EE.UU. 

Los hijos de ciudadanos estadounidenses nacidos en el extranjero también son elegibles para la ciudadanía estadounidense. Los requisitos para esta opción dependen de la edad del niño y de la situación de ciudadanía de sus padres. 

Un niño nacido en el extranjero de padres ciudadanos estadounidenses es automáticamente ciudadano estadounidense, siempre que al menos uno de los progenitores haya vivido en Estados Unidos en algún momento de su vida. El niño puede demostrar su ciudadanía obteniendo un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés) de una embajada o consulado estadounidense. El CRBA es similar a un certificado de nacimiento. Establece la ciudadanía a través de los padres y facilita la obtención del pasaporte estadounidense. Sin embargo, el niño no puede utilizar el CRBA para viajar a Estados Unidos. Solicitar un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero cuesta $100.  

El niño debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos: 

  • Solicitud de Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (DS-2029) completada y sin firmar 
  • Certificado de nacimiento del niño 
  • Comprobante de la ciudadanía estadounidense y de la identidad del progenitor o progenitores (por ejemplo, pasaporte estadounidense, tarjeta de pasaporte estadounidense, Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero, Certificado de Naturalización, Certificado de Ciudadanía o certificado de nacimiento estadounidense presentado a tiempo). 
  • Comprobante de la presencia física o residencia del progenitor o progenitores estadounidenses en Estados Unidos antes del nacimiento del niño (por ejemplo, registros escolares, laborales, fiscales, bancarios y médicos, facturas de servicios públicos, recibos de alquiler, declaraciones juradas u otros documentos públicos oficiales). 
  • Certificado de matrimonio de los padres (si corresponde) 
  • Comprobante de que se han disuelto matrimonios anteriores (si corresponde) 

El Departamento de Estado de EE. UU. recomienda a los padres que soliciten el Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero lo antes posible. Tanto el ciudadano estadounidense como el niño deben estar presentes para solicitar el CRBA. Si los padres tienen previsto viajar con el menor, deben solicitar el informe al menos tres meses antes del viaje para tener tiempo suficiente de solicitar un pasaporte estadounidense para el niño. 

Si un ciudadano estadounidense tiene un hijo nacido en un territorio estadounidense, ese hijo ya es ciudadano estadounidense y no necesita el CRBA. Estados Unidos incluye los cincuenta estados y el Distrito de Columbia, además de los territorios estadounidenses de Puerto Rico, Guam, Samoa Americana y las Islas Vírgenes de Estados Unidos. En lugar del CRBA, los padres solicitan un certificado de nacimiento para establecer la ciudadanía. 

Hijos adultos de ciudadanos estadounidenses 

Si uno de los progenitores se naturalizó, pero se convirtió oficialmente en ciudadano estadounidense después de que su hijo cumpliera 18 años, aún puede obtener la ciudadanía.  

Residente permanente 

Si uno de los padres se naturalizó, pero su hijo tiene 18 años o más, tendrá que presentar una solicitud de naturalización. Los solicitantes utilizan el formulario N-400, Solicitud de Naturalización, una vez que cumplen los requisitos habituales para obtener la ciudadanía. 

Petición para un niño  

Si uno de los progenitores adquirió la nacionalidad estadounidense después de que su hijo cumpliera 18 años, el progenitor puede presentar una petición para un hijo adulto utilizando el formulario I-130, Petición para familiar extranjero. Los hijos adultos entran en las categorías de preferencia familiar F1 o F3, en función del estado civil de uno de los progenitores. Después de emigrar y cumplir los requisitos de naturalización, los hijos adultos pueden solicitar la ciudadanía mediante el proceso ordinario de naturalización. 

Obtener la ciudadanía estadounidense con éxito 

En cualquiera de estos escenarios, iniciando el proceso de ciudadanía para un niño recién nacido o para un adulto, es importante presentar las solicitudes completas al USCIS con todos los documentos y las tasas de pago requeridas. Al igual que otros procesos, USCIS puede rechazar o denegar solicitudes incompletas o incorrectas, y los solicitantes, ya sean padres o adultos, tendrán que volver a solicitar y pagar otra vez por una nueva solicitud. El préstamo de inmigración con 1% de interés de OPA se puede utilizar para los Certificados de Ciudadanía y la solicitud N-400. Juntos podemos ayudarlo a obtener la ciudadanía con éxito. 

 

La información que figura en www.onepercentforamerica.org tiene únicamente fines informativos generales. No debe tomarse como asesoramiento profesional ni reemplazar la orientación de un profesional.

Invirtiendo en todos

Su apoyo financiero ayudará a que la obtención de la ciudadanía sea más económica para millones de futuros estadounidenses.

Invierta hoy